PASOS A REALIZAR PARA LOS MODELOS 110, 130, 300 ,330 CON RESULTADO NEGATIVO
Pasos a realizar para los modelos 110, 130, 300 y 330 con resultado negativo, a compensar, sin actividad / resultado cero o con solicitud de devolución (330).
Realización de la autoliquidación del concepto y período correspondiente
Presentación Telemática

 

 

 

 

 

 

 

 

 

REALIZACION DE LA AUTOLIQUIDACION DE LOS MODELOS 110, 130, 300, 330

Pasos a realizar para los modelos 110, 130, 300 y 330 con resultado negativo, a compensar, sin actividad / resultado cero o con solicitud de devolución (330).

La realización de las autoliquidaciones de los modelos 110, 130, 300 y 330 de pequeñas y medianas empresas no han sufrido variación tras la entrada en vigor de la Orden Ministerial de 30 de septiembre de 1999, ya que en dicha orden sólo se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática de dichas declaraciones.

Por tanto, para realizar las autoliquidaciones la empresa podrá seguir el procedimiento que hasta ahora estuviera empleando.

La declaración deberá introducirse a través de la opción Conceptos Fiscales.