¿Cómo tributan los seguros?

Cuestión:

Tengo entendido que con el nuevo IRPF, los seguros van a recibir un tratamiento muy diferente al actual. En que consisten los cambios en esta materia?

Contestación:

En primer lugar, desaparece la deducción en cuota del 10% de las primas satisfechas por contratos de seguro.

Por otro lado, y en lo que respecta a las cantidades percibidas por contratos de seguro, con la actual normativa pueden tener la consideración de rendimientos del capital mobiliario, o bien, encontrarnos ante incrementos de patrimonio.

Sin embargo, con la nueva ley del IRPF, los mismos pasan a tener, en cualquier caso, la consideración de rendimientos del capital mobiliario, sin perjuicio de que cuando se perciban en forma de capital se les aplique una serie de reducciones atendiendo al período transcurrido desde fueron satisfechas las primas correspondientes (reducciones que pueden llegar a un 70% del rendimiento).