CONCESION DE BECAS


Bufete Díaz -Arias

Las becas públicas otorgadas para la realización de estudios en todos los niveles y grados del sistema educativo, hasta la licenciatura, se consideran como renta exenta en el IRPF.

Nótese que las becas otorgadas para estudios superiores a la licenciatura o equivalente sí que están plenamente sujetas a IRPF.

Existen otras becas que tienen diverso tratamiento fiscal, en función de su naturaleza, entre éstas se encuentran las becas que se conceden en el marco de una relación laboral o funcionarial que se consideran rendimientos de trabajo y tributan como tales, así como aquellas otorgadas en virtud del vínculo específico existente entre el concedente y el becario en el que la beca representa el rendimiento por el trabajo de estudio o investigación desarrollado.

En cambio, son rendimientos de actividad profesional, aquellas becas otorgadas para desarrollar estudios o investigaciones relacionados con la actividad profesional del contribuyente siempre que se configuren como ayuda a un trabajo que esté directamente relacionado en la actividad profesional del becario.

En los casos en los que no hay exención, procederá practicar retención sobre el importe, que será efectuada por el concedente de la beca.

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