DEDUCCIONES CEUTA Y MELILLA |
Bufete Díaz -Arias |
No obstante, y con el fin de aclarar la mecánica de la deducción, se deben realizar las siguientes consideraciones:
1ª) La deducción procederá únicamente, cuando los resultados de las compensaciones entre los componentes positivos y negativos de las bases liquidables, regular e irregular, generadas en Ceuta y Melilla resulten positivos.
2ª) La cuota máxima sobre la que operará la deducción será la cuota íntegra regular o irregular, según los casos.
La aplicación de esta deducción del 50% exige la concurrencia de dos requisitos:
En el Impuesto sobre Patrimonio, para los residentes en Ceuta y Melilla, se establece una bonificación del 50% en la cuota del impuesto correspondiente a bienes y derechos de contenido económico que estén situados o puedan ejercitarse en estos territorios.