| Retención aplicable en la compra de un inmueble a un no residente | Bufete Díaz -Arias |
Consulta:
Debo practicar una retención por compra de un inmueble a un no residente. Tenía entendido que debía retener un 5% del total del precio, pero el impreso 211 que he adquirido en Hacienda indica un tipo del 10%. ¿Cual de los dos tipos es correcto? Si es el segundo de ellos pueden indicarme dónde se halla regulado. Quedando a la espera de sus atentas noticias reciban un cordial saludo.
Contestación:
Estimado Sr.:
El tipo de retención correspondiente al caso que nos comenta, es del 5%, tal y como establece el artículo 19. Uno b), segundo párrafo de la Ley 18/1991 del I.R.P.F. en redacción dada por la Ley 12/1996, aplicable a partir del 01/01/1997.
Salvo mejor opinión.
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