FRACCIONAMIENTO Y APLAZAMIENTOS DE PAGO. AVAL BANCARIO EN GARANTIA DEL APLAZAMIENTO DE PAGO DE LA DEUDA

NORMATIVA: Art. 52 R.D. 1684/1990.
PLAZOS: 30 días después de acuerdo aplazamiento.
RECURSOS: sin recursos específicos.

TEXTO:

La entidad de depósito o seguro .... se constituye ante el Tesoro Público, representado por su Delegación o Administración de Hacienda de ...., en fiador solidario de ...., N.I.F. .... e importe de .... euros, cuyo pago ha sido aplazado/fraccionado (1) por acuerdo de .... de .... de ...., dictado por ....

Por virtud de la presente fianza, la referida entidad queda obligada a pagar al Tesoro en dicha Delegación o Administración de Hacienda, en defecto de pago por el afianzado, las cantidades aplazadas/fraccionadas (1) más el interés de demora y los recargos en que incurra el deudor por falta de pago en tiempo debido.

La entidad fiadora, que renuncia expresamente a cualesquiera beneficios y en especial el de previa exclusión de bienes, queda advertida de que, tratándose de fraccionamiento, la falta de pago por el deudor de cualquiera de los plazos implica el vencimiento de los restantes y de que, si tal entidad se constituyera en mora, se seguiría contra sus bienes el procedimiento administrativo de apremio.

Las fechas de vencimiento y el importe de los plazos de fraccionamiento son los siguientes:

Nº exp.... concepto.... importe.... fecha I..... Imp. plazo.

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este compromiso de aval ha quedado inscrito en el registro especial de avales de esta oficina, con el nº ....

El presente aval tiene validez hasta seis meses después del vencimiento del último de los plazos concedidos en el acuerdo de aplazamiento/fraccionamiento de pago.

Los firmantes del presente aval están debidamente autorizados para representar y obligar en esta forma a la entidad ...., siendo ésta una de las operaciones que, a tenor de los artículos .... de los estatutos por que se rige, puede realizar legalmente.

En ...., a ....de ....de ....

Fdo.: Apoderado.
Fdo.: Apoderado.

ILMO. SR. ....

Advertencia: debe presentarse un aval (o varios) por cada una de las deudas aplazadas, es decir, por cada uno de los acuerdos dictados por el órgano competente para acordar aplazamiento o fraccionamientos de pago.

(1) Aplazado es cuando se refiere al pago, que se efectúa de una sola vez; fraccionamiento, cuando, además, el pago se efectúa en diversos plazos.