LEY 37/1992, de 28 de diciembre, del
Impuesto sobre el Valor Añadido
(BOE 29-12-1992)
TITULO PRELIMINAR. Naturaleza y ámbito de aplicación.
Artículo 1.
Naturaleza del impuesto.
Artículo 2. Normas aplicables.
Artículo 3. Territorialidad.
TITULO I. Delimitación del hecho
imponible.
CAPITULO I. Entregas de bienes y prestaciones de servicios.
Artículo 4.
Hecho imponible.
Artículo 5. Concepto de empresario o
profesional.
Artículo 6. Concepto de edificaciones.
Artículo 7. Operaciones no sujeta al impuesto.
Artículo 8. Concepto de entrega de bienes.
Artículo 9. Operaciones asimiladas a las
entregas de bienes.
Artículo 10. Concepto de transformación.
Artículo 11. Concepto de prestación de
servicios.
Artículo 12. Operaciones asimiladas a las
prestaciones de servicios.
CAPITULO II. Adquisiciones intracomunitarias de bienes.
Artículo 13.
Hecho imponible
Artículo 14. Adquisiciones no sujetas.
Artículo 15. Concepto de adquisición
intracomunitaria de bienes.
Artículo 16. Operaciones asimilada a la
adquisiciones intracomunitarias de bienes.
CAPITULO III. Importaciones de bienes.
Artículo 17.
Hecho imponible.
Artículo 18. Concepto de importaciones de
bienes.
Artículo 19. Operaciones asimiladas a la
importaciones de bienes.
TITULO II. Exenciones.
CAPITULO I. Entrega de bienes y prestaciones de servicios.
Artículo 20.
Exenciones en operaciones interiores.
Artículo 21. Exenciones en la importaciones de
bienes.
Artículo 22. Exenciones en la operaciones
asimiladas a la exportaciones.
Artículo 23. Exenciones relativas a la zona
francas, depósitos francos y otros depósitos.
Artículo 24. Exenciones relativas a regímenes
aduaneros o fiscales.
Artículo 25. Exenciones en las entregas de
bienes destinados a otro estado miembro.
CAPITULO II. Adquisiciones intracomunitaria de bienes.
Artículo 26. Exenciones en la adquisiciones intracomunitarias de bienes.
CAPITULO III. Importaciones de bienes.
Artículo 27.
Importaciones de bienes cuya entrega en el interior estuviese exenta del impuesto.
Artículo 28. Importaciones de bienes
personales por traslado de residencia personal.
Artículo 29. Concepto de bienes personales.
Artículo 30. Importaciones de bienes
personales destinados al amueblamiento de una vivienda secundaria.
Artículo 31. Importaciones de bienes
personales por razón de matrimonio.
Artículo 32. Importaciones de bienes
personales por causa de herencia.
Artículo 33. Importaciones de bienes muebles
efectuadas por estudiantes.
Artículo 34. Importaciones de bienes de escaso
valor.
Artículo 35. Importaciones de bienes en
régimen de viajeros.
Artículo 36. Importaciones de pequeños
envíos.
Artículo 37. Importaciones de bienes con
ocasión del traslado de la sede de la actividad.
Artículo 38. Bienes obtenidos por productores
agrícolas o ganaderos en tierras situadas en terceros países.
Artículo 39. Semillas, abonos y productos para
el tratamiento del suelo y de los vegetales.
Artículo 40. Importaciones de animales de
laboratorio y sustancias biológicas y químicas destinados a la investigación.
Artículo 41. Importaciones de sustancias
terapéuticas de origen humano y de reactivos para la determinación de los grupos
sanguíneos y de los tejidos humanos.
Artículo 42. Importaciones de sustancias de
referencia para el control de calidad de los medicamentos.
Artículo 43. Importaciones de productos
farmacéuticos utilizados con ocasión de competiciones deportivas internacionales.
Artículo 44. Importaciones de bienes
destinados a organismos caritativos o filantrópicos.
Artículo 45. Bienes importados en beneficio de
persona con minusvalía.
Artículo 46. Importaciones de bienes en
beneficio de las víctimas de catástrofes.
Artículo 47. Importaciones de bienes
efectuadas en el marco de cierta relaciones internacionales.
Artículo 48. Importaciones de bienes con fines
de promoción comercial.
Artículo 49. Importaciones de bienes para ser
objeto de exámenes, análisis o ensayos.
Artículo 50. Importaciones de bienes
destinados a los organismos competentes en materia de protección de la propiedad
intelectual o industrial.
Artículo 51. Importaciones de documentos de
carácter turístico.
Artículo 52. Importaciones de documentos
diversos.
Artículo 53. Importaciones de material
audiovisual producido por la Organización de la Naciones Unidas.
Artículo 54. Importaciones de objetos de
colección o de arte.
Artículo 55. Importaciones de materiales para
el acondicionamiento y protección de las mercancías.
Artículo 56. Importaciones de bienes
destinados al acondicionamiento o a la alimentación en ruta de animales.
Artículo 57. Importaciones de carburantes y
lubricantes.
Artículo 58. Importaciones de ataúdes,
materiales y objetos para cementerios.
Artículo 59. Importaciones de productos de la
pesca.
Artículo 60. Importaciones de bienes en
régimen diplomático o consular.
Artículo 61. Importaciones de bienes
destinados a Organismos internacionales.
Artículo 62. Importaciones de bienes
destinados a la OTAN.
Artículo 63. Reimportaciones de bienes.
Artículo 64. Prestaciones de servicios
relacionados con las importaciones.
Artículo 65. Importaciones de bienes que se
vinculen al régimen de depósito distinto del aduanero.
Artículo 66. Exenciones en las importaciones
de bienes para evitar la doble imposición.
Artículo 67. Normas generales aplicables a las
exenciones previstas en el presente capítulo.
TITULO III. Lugar de realización
del hecho imponible.
CAPITULO I. Entregas de bienes y prestaciones de servicios.
Artículo 68.
Lugar de realización de las entregas de bienes.
Artículo 69. Lugar de realización de las
prestaciones de servicios. Regla general.
Artículo 70. Lugar de realización de las
prestaciones de servicios. Reglas especiales.
CAPITULO II. Operaciones intracomunitarias.
Artículo 71.
Lugar de realización de las adquisiciones intracomunitarias de bienes.
Artículo 72. Lugar de realización de los
transportes intracomunitarios de bienes. Artículo 73. Lugar de realización de los
servicios accesorios al transporte intracomunitario de bienes.
Artículo 74. Lugar de realización de los
servicios de mediación en los transportes intracomunitarios de bienes y en los servicios
accesorios a dicho transporte.
TITULO IV. Devengo del impuesto.
CAPITULO I. Entregas de bienes y prestaciones de servicios.
Artículo 75. Devengo del impuesto.
CAPITULO II. Adquisiciones intracomunitarias de bienes.
Artículo 76. Devengo del impuesto.
CAPITULO III. Importaciones
Artículo 77. Devengo del impuesto.
TITULO V. Base imponible
CAPITULO I. Entregas de bienes y prestaciones de servicios.
Artículo 78.
Base imponible. Regla general.
Artículo 79. Base imponible. Reglas
especiales.
Artículo 80. Modificación de la base
imponible.
Artículo 81. Determinación de la base
imponible.
CAPITULO II. Adquisiciones intracomunitarias de bienes
Artículo 82. Base imponible.
CAPITULO III. Importaciones.
Articulo 83. Base imponible.
TITULO VI. Sujetos pasivos.
CAPITULO I . Entregas de bienes y prestaciones de servicios.
Articulo 84. Sujetos pasivos.
CAPITULO II. Adquisiciones intracomunitarias de bienes.
Artículo 85. Suetos pasivos.
CAPITULO III. Importaciones.
Artículo 86. Sujetos pasivos.
CAPITULO IV. Responsables del Impuesto.
Artículo 87. Responsables del impuesto.
CAPITULO V. Repercusión del Impuesto.
Artículo 88.
Repercusión del impuesto.
Artículo 89. Rectificación de las cuotas
impositivas repercutidas.
TITULO VII. El tipo impositivo.
Artículo 90.
Tipo impositivo general.
Artículo 91. Tipos impositivos reducidos.
TITULO VIII. Deducciones y
devoluciones.
CAPITULO I. Deducciones.
Artículo 92.
Cuotas tributarias deducibles.
Artículo 93. Requisitos subjetivos de la
deducción.
Artículo 94. Operaciones cuya realización
origina el derecho a la deducción.
Artículo 95. Limitaciones del derecho a
deducir.
Artículo 96. Exclusiones y restricciones del
derecho a deducir.
Artículo 97. Requisitos formales de la
deducción.
Artículo 98. Nacimiento del derecho a deducir.
Artículo 99. Ejercicio del derecho a la
deducción.
Artículo 100. Caducidad del derecho a la
deducción.
Artículo 101. Régimen de deducciones en
sectores diferenciados de la actividad empresarial o profesional.
Artículo 102. Regla de prorrata.
Artículo 103. Clases de prorrata y criterios
de aplicación.
Artículo 104. La prorrata general.
Artículo 105. Procedimiento de la prorrata
general.
Artículo 106. La prorrata especial.
Artículo 107. Regularización de deducciones
por bienes de inversión.
Artículo 108. Concepto de bienes de
inversión.
Artículo 109. Procedimiento para practicar la
regularización de deducciones por bienes de inversión.
Artículo 110. Entregas de bienes de inversión
durante el período de regularización.
Artículo 111. Deducciones de las cuotas
soportadas con anterioridad al comienzo de las actividades empresariales o profesionales.
Artículo 112. Regularización de las
deducciones de las cuotas soportadas con anterioridad al comienzo de las actividades
empresariales o profesionales.
Artículo 113. Regularización complementaria
de las cuotas soportadas con anterioridad al comienzo de las actividades empresariales o
profesionales por adquisición de bienes de inversión que sean edificaciones.
Artículo 114. Rectificación de deducciones.
CAPITULO II. Devoluciones.
Artículo 115.
Supuestos generales de devolución.
Artículo 116. Devoluciones a exportadores en
régimen comercial.
Artículo 117. Devoluciones a exportadores en
régimen de viajeros.
Artículo 118. Garantías de las devoluciones.
CAPITULO III. Devoluciones a los empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto.
Artículo 119. Régimen especial de devoluciones a personas no establecidas en el ámbito espacial de aplicación del impuesto.
TITULO IX. Regímenes especiales.
CAPITULO I. Normas generales.
Artículo 120.
Normas generales.
Artículo 121. Determinación del volumen de
operaciones.
CAPITULO II. Régimen simplificado.
Artículo 122.
Régimen simplificado.
Artículo 123. Contenido del régimen
simplificado.
CAPITULO III. Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.
Artículo 124.
Ambito subjetivo de aplicación.
Artículo 125. Concepto de explotación
agrícola, forestal, ganadera o pesquera.
Artículo 126. Actividades económicas
excluidas del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.
Artículo 127. Servicios accesorios incluidos en el
régimen especial.
Artículo 128. Realización de actividades
económicas en sectores diferenciados de la actividad empresarial o profesional.
Artículo 129. Obligaciones de los sujetos
pasivos acogidos al régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.
Artículo 130. Régimen de deducciones y
compensaciones.
Artículo 131. Obligados al reintegro de las
compensaciones.
Artículo 132. Recursos.
Artículo 133. Devolución de compensaciones
indebidas.
Artículo 134. Deducción de las compensaciones
correspondientes al régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.
CAPITULO IV. Régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.
Artículo 135.
Régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de
colección.
Artículo 136. Concepto de bienes usados,
objetos de arte, antigüedades y objetos de colección y de sujeto pasivo revendedor.
Artículo 137. La base imponible.
Artículo 138. Repercusión del Impuesto.
Artículo 139. Deducciones.
CAPITULO V.
CAPITULO VI. Régimen especial de las agencias de viaje.
Artículo 141.
Régimen especial de las agencias de viajes.
Artículo 142. Repercusión del impuesto.
Artículo 143. Exenciones.
Artículo 144. Lugar de realización del hecho
imponible.
Artículo 145. La base imponible.
Artículo 146. Determinación de la base
imponible.
Artículo 147. Deducciones.
CAPITULO VII. Regímenes especiales
del comercio minorista.
Sección Primera. Disposiciones comunes.
Artículo 148.
Regímenes especiales del comercio minorista.
Artículo 149. Concepto de comerciante
minorista.
Sección Segunda. Régimen especial de determinación proporcional de las bases imponibles.
Artículo 150.
Régimen especial de determinación proporcional de las bases imponibles.
Artículo 151. Exclusiones del régimen
especial de determinación proporcional de las bases imponibles.
Artículo 152. Contenido del régimen especial
de determinación proporcional de las bases imponibles.
Sección Tercera. Régimen especial del recargo de equivalencia.
Artículo 153.
Régimen especial del recargo de equivalencia.
Artículo 154. Contenido del régimen especial
del recargo de equivalencia.
Artículo 155. Comienzo o cese de actividades
sujetas al régimen especial del recargo de equivalencia.
Artículo 156. Recargo de equivalencia.
Artículo 157. Supuestos de no aplicación del
recargo de equivalencia.
Artículo 158. Sujetos pasivos del recargo de
equivalencia.
Artículo 159. Repercusión del recargo de
equivalencia.
Artículo 160. Base imponible.
Artículo 161. Tipos.
Artículo 162. Liquidación e ingreso.
Artículo 163. Obligación de acreditar la
sujeción al régimen especial del recargo de equivalencia.
TITULO X. Obligaciones de los sujetos pasivos.
Artículo 164.
Obligaciones de los sujetos pasivos.
Artículo 165. Reglas especiales en materia de
facturación.
Artículo 166. Obligaciones contables.
TITULO XI. Gestión del Impuesto.
Artículo 167.
Liquidación del impuesto.
Artículo 168. Liquidación provisional del
oficio.
TITULO XII. Suspensión del ingreso.
Artículo 169. Suspensión del ingreso.
TITULO XIII. Infracciones y sanciones.
Artículo 170.
Infracciones.
Artículo 171. Sanciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera.
Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Segunda. Proyecto de Ley del Impuesto sobre
Sociedades.
Tercera. Texto refundido del Impuesto sobre
Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Cuarta. Delimitación de las referencias a los
Impuestos Especiales.
Quinta. Referencias del Impuesto sobre el Valor
Añadido al Impuesto General Indirecto Canario.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.
Franquicias relativas a los viajeros procedentes de Canarias, Ceuta y Melilla.
Segunda. Exenciones relativas a buques a la
navegación marítima internacional.
Tercera. Exenciones relativas a aeronaves
dedicadas esencialmente a la navegación aérea internacional.
Cuarta. Rectificación de cuotas impositivas
repercutidas y deducciones.
Quinta. Deducción en las adquisiciones
utilizadas en autoconsumos.
Sexta. Deducciones anteriores al inicio de la
actividad.
Séptima. Regularización de las deducciones
efectuadas con anterioridad al inicio de la actividad.
Octava. Renuncias y opciones en los regímenes
especiales.
Novena. Legislación aplicable a los bienes en
áreas exentas o regímenes suspensivos.
Décima. Operaciones asimiladas a las
importaciones.
Undécima. Tipos impositivos.
Duodécima. Devengo en las entregas de
determinados medios de transporte.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
Primera.
Disposiciones que se derogan.
Segunda. Disposiciones que continuarán