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IRPF 2.003 ( Búsqueda por VOCES del IRPF 2.003) |
| Cuota Integra Liquida y Diferencial |
COMENTARIO Una vez compensada las base liquidable general y la especial, se determinará la cuota íntegra del impuesto. Así, la cuota integra estará formada por la suma de dos partes:
La Ley 46/2002 modifico la tarifa del IRPF que se aplica a la base liquidable general, reduciendo a cinco sus tramos frente a los seis anteriores. También se han modificado los importes correspondientes a cada tramo. El tipo marginal mínimo de la tarifa se ha fijado en el 15% y el tipo marginal máximo al 45%. Y se produce una reducción apreciable en el gravamen de la parte especial de la base imponible que se gravará al tipo fijo del 15%. |