Consultas más frecuentes del Ciudadano

aqui.gif (1197 bytes)

Rendimientos del trabajo

 

Indemnización por fallecimiento pagada por la Seguridad Social

Cuestión planteada:

¿Está sujeta la indemnización por fallecimiento pagada por la Seguridad Social?.

Contestación:

Las indemnizaciones satisfechas por la Seguridad Social como consecuencia de la muerte en accidente laboral de un trabajador, no están exentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, porque la norma que establece las exenciones, artículo 7LIRPF, no las menciona.

Si bien es cierto que la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas establece la exención para las cantidades percibidas como consecuencia de la responsabilidad civil por daños irrogados a terceros, este precepto no puede aplicarse a las indemnizaciones percibidas de la Seguridad Social como consecuencia del fallecimiento por accidente laboral, porque no son supuestos asimilables.

Al estar prohibida la analogía en el ámbito tributario, esta clase de indemnizaciones deben declararse sujetas al Impuesto, por no recogerse en ninguno de los preceptos reguladores del mismo la exención del supuesto que se debate en este caso.

 

Consultas más frecuentes del Ciudadano