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Retenciones

 

Retenciones en contratos fijos con el año comenzado

Cuestión planteada:

¿Cuál es el procedimiento de cálculo de la base de retención de rentas del trabajo para un trabajador fijo que se contrata una vez comenzado el año? ¿Deben tenerse en cuenta o no las retribuciones percibidas en su anterior trabajo dentro del mismo ejercicio?

Contestación:

El legislador parte de la idea de que un empresario que contrata a un trabajador no tiene por qué tener conocimiento de cuáles fueron las retribuciones percibidas por aquél con carácter previo a su contratación. 

Por tanto, para determinar la base sobre la que ha de calcularse la retención se tendrán en cuenta, exclusivamente, las retribuciones que vayan a producirse a partir de la contratación, de acuerdo con las condiciones previstas en el contrato.

Obviamente, esto supondrá, en muchos casos, que el trabajador soporte un porcentaje de retención inferior al que le hubiese correspondido en el caso de que se hubiesen sumado las retribuciones percibidas en diferentes trabajos a lo largo del año, por lo que dichos trabajadores verán reducido el límite mínimo por el que se establece la obligación de presentar declaración, al tener en el mismo año dos pagadores, conforme a lo establecido en el artículo 100 LIRPF.

 

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