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Retenciones

 

Ingreso a cuenta de retribuciones en especie

Cuestión planteada:

Tengo dos empleados a los que me gustaría hacerles un Plan de ahorro patrimonial en bienes tangibles, concretamente valores filatélicos. Este plan consiste en la inversión de una cantidad de dinero en la compra de dichos valores y durante un periodo temporal, que finalizado en mismo, se tiene la opción de cobro mensual o anual. El pago de estas cantidades sería realizado por la empresa. ¿Puedo considerarlo como retribución en especie. ¿Me puedo imputar el gasto?

Contestación:

En nuestra opinión, estas cantidades en la medida que se satisface por un empresario individual a sus trabajadores, por la relación laboral existente entre ellos, entendemos que retribuye el trabajo que prestan los mismos, y que por tanto, debe considerar como un rendimiento del trabajo en especie para los mismos (artículos 42 y 43 LIRPF).

Esta retribución debe valorarse por el coste para su pagador.

Para el pagador, estas rentas tendrían la consideración de gasto deducible en concepto de sueldos y salarios, estando sometidas a ingreso a cuenta.

 

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