La Ley 21/2001, de 27 de diciembre, por la que se regulan las medidas fiscales y administrativas del nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía, cedió competencias a las CCAA en determinados tributos, entre ellos el IRPF. Así, no todas las CCAA asumieron estas competencias, pero las que sí lo hicieron tienen competencia normativa respecto de:
- Regulación de la tarifa, progresiva, manteniendo los mismos tramos que la del Estado
- Aprobación de deducciones, siempre que no supongan una minoración del gravamen efectivo de alguna o algunas categorías de renta:
- Por circunstancias personales y familiares
- Por inversiones no empresariales
- Por aplicación de renta
- Aumentos o disminuciones en los porcentajes del tramo autonómico de la deducción estatal por inversión en vivienda habitual, teniendo como límite máximo hasta un 50%
Las CCAA que han asumido competencias a efectos del IRPF son las siguientes:
2.4.1 Andalucía
2.4.2 Aragón
2.4.3 Principado de Asturias
2.4.4 Islas Baleares
2.4.5 Islas Canarias
2.4.6 Cantabria
2.4.7 Castilla La Mancha
2.4.8 Castilla y León
2.4.9 Cataluña
2.4.10 Extremadura
2.4.11 Galicia
2.4.12 Madrid
2.4.13 Murcia
2.4.14 La Rioja
2.4.15 Comunidad Valenciana