EL AHORRO

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Tributación de los fondos de inversión
Comentario

Los fondos de inversión son patrimonios que pertenecen a una pluralidad de inversores, denominados partícipes, que invierten en todo tipo de activos financieros y valores (acciones, obligaciones, divisas, etc) o activos no financieros (inmuebles, obras de arte, valores filatélicos, etc ).

Los fondos de inversión se caracterizan por tener una gestión profesionalizada, por la posibilidad de obtener rentabilidades significativas con inversiones pequeñas, por su seguridad, por su diversificación de activos y mercados, así como por su liquidez y lo reducido de sus costes.

En primer lugar, existe una sociedad gestora que administra y gestiona los fondos. Por otro lado, los mismos se depositan bien en una entidad financiera ( bancos o cajas de ahorro ), bien en agencias y sociedades de valores, las cuales se responsabilizan del depósito y custodia de los valores de la cartera en la que se ha invertido el fondo. Se encargan asimismo de la vigilancia de la actuación de la sociedad gestora. Todas las operaciones realizadas son supervisadas y controladas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

La transmisión o reembolso de acciones o participaciones de sociedades y Fondos de Inversión Colectiva, genera ganancias o pérdidas patrimoniales que se calculan de acuerdo a las reglas generales, (valor de transmisión menos valor de adquisición).

Se aplica en este caso el sistema FIFO, (first in first out), en la medida que el contribuyente sea titular de valores representativos de estas Instituciones, adquiridos en diferentes momentos.

No existe obligación de practicar retención o ingreso a cuenta sobre las ganancias patrimoniales derivadas del reembolso o transmisión de participaciones o acciones en instituciones de inversión colectiva, cuando no proceda su cómputo, así como las derivadas del reembolso o transmisión de participaciones en los fondos de inversión cotizados.

Sin perjuicio de lo anterior, cuando no resulte de aplicación lo contenido en el párrafo anterior, cabe indicar que el porcentaje de retención para las ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de la transmisión o reembolso de valores representativos de Instituciones de Inversión Colectiva, será del 18%.