DE OPINIÓN (ARTÍCULOS DE OPINIÓN TRIBUTARIA)


EL SEGURO COMERCIALIZARÁ DE FORMA MASIVA LOS "UNIT LINKED" TRAS LA REGULACIÓN ESTABLECIDA POR TRIBUTOS
Adolfo Zarza. Madrid

Las compañías de seguros ya disponen de la seguridad jurídica para lanzar al mercado, de forma masiva, los unit linked tras la respuesta vinculante dada por Tributos a una consulta general de Unespa, en la que les reconoce como seguros de vida.

Estos productos son seguros de vida que invierten en fondos de inversión sin que el asegurado tenga que tributar por cada cambio de fondo y que en el momento que rescata su póliza, se atiene al trato fiscal de los seguros de vida, es decir, como rendimiento de capital mobiliario, con coeficientes reductores si se percibe como renta de capital. En estos productos, el riesgo de la inversión lo asume el tomador del seguro, que podrá señalar en qué activos quiera que invierta la entidad aseguradora las provisiones técnicas del contrato. En el sector asegurador han depositado grandes esperanzas en este producto, muy desarrollado en otros países, para aumentar el negocio del seguro de vida.

Esas esperanzas se centran en la flexibilidad que da al asegurado la posibilidad de cambiar de activos según los movimientos de mercado y ofrecer mayor rentabilidad que otros seguros de vida, buena parte con un tipo de interés máximo garantizado (muchos incluyen reparto de beneficios). La respuesta de Tributos tendrá a partir de ahora continuidad, ya que este departamento contestará una a una las consultas individuales planteadas por cada compañía sobre sus productos, que contienen matizaciones. Mientras, algunos de los grandes grupos que hasta ahora no habían entrado a comercializar estos contratos tienen la maquinaria preparada para lanzar en septiembre sus unit linked. Euroseguros (BBV), Vidacaixa o BSCH Vida son algunos de los que aún no están en el mercado y que pronto competirán con Barclays Vida o Banesto.

La respuesta de Tributos ha contentado en líneas generales al sector seguros, si bien contiene algunas limitaciones y restricciones, consensuadas con Unespa. De acuerdo a la consulta, se plantean tres alternativas de inversión de las provisiones técnicas. En la primera no se otorga ni al tomador ni al asegurado la facultad de modificar las inversiones afectas a la póliza. En la segunda, el tomador debe elegir entre un número limitado de agrupaciones o cestas de activos (fondos internos) con distinto perfil de riesgo, siendo la aseguradora la que decide en cada momento los activos que se integran en esas cestas, sin que el tomador pueda intervenir en la decisión; sólo podrá elegir entre las cestas previstas.

Los activos en los que se permite invertir son todos los que se consideran aptos para la inversión de la provisiones técnicas, salvo los inmuebles. Cada una de esas cestas se configurarán de forma que cumplan dos requisitos básicos: que aseguren la diversificación de las inversiones y una no excesiva concentración de riesgos. Con estas exigencias, Tributos pretende que no se utilicen los unit linked como un instrumento de gestión privada e individualizada y se conviertan en una fórmula de evasión fiscal. La tercera alternativa es en la que el tomador debe elegir entre diversas instituciones de inversión colectiva designadas en el contrato -inscritas en la CNMV-. En los dos últimos casos la política de inversiones debe cumplir varias características como la predeterminación de activos general de inversión de las provisiones o la de contratos estandarizados.