OTROS TEMAS FISCALES
El Gobierno crea un nuevo marco para las inversiones colectivas El último Consejo de Ministros ha aprobado remitir al Parlamento el Proyecto de Ley de Instituciones de Inversión Colectiva, que afecta a los fondos de inversión, de pensiones y sociedades de inversión. El texto aprobado por el Gobierno pretende modernizar el sector mediante la creación de un nuevo marco de la política de inversiones, más transparente que el actual, así como potenciar la supervisión para garantizar la protección al inversor. El texto remitido al Congreso trata de adaptar el marco legal de estos inversores institucionales a la nueva realidad de nuestros mercados financieros, y con él se pone fin al proceso de reformas que el Gobierno ha llevado a cabo en esta materia a lo largo de los tres últimos años, mediante circulares y decretos que han ido adelantando determinadas reformas imprescindibles para la modernización y puesta la día del sector. El proyecto flexibiliza el régimen de la política de inversiones de las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC), que podrán invertir, entre otros, en depósitos bancarios y en pagarés de empresas, con el objeto de lograr un acomodo a la realidad financiera. Por este motivo, se fomenta la posibilidad de constituir nuevas figuras de inversión colectiva, que ahora no son posibles con la actual legislación, como son los fondos de fondos, que en lugar de en valores de renta fija o variable, su cartera la constituyen otros fondos, o los «master feeder», que son fondos que colocan todo su patrimonio en otro fondo, lo que colmará las necesidades de los inversores más sofisticados. Además, potencia y racionaliza la protección de los inversores que invierten en este tipo de entidades. Para ello busca una mayor transparencia que permita una decisión fundada del inversor que acude. La nueva Leypersigue el objetivo de conseguir una información más eficiente y que llegue de una manera menos onerosa, por lo que se busca más una puesta a disposición del inversor de la información que una sobrecarga de documentos. Otra de la novedades del Proyecto remitido al Parlamento, es que refuerza las competencias de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, especialmente en lo referente a los depositarios y gestores de estas instituciones de inversión. Con el nuevo texto legal también se flexibilizan notablemente los procedimientos de fusión, transformación y escisión de las Instituciones de Inversión Colectiva y se superan, al mismo tiempo, los obstáculos administrativos en el procedimiento de autorización de dichas Instituciones y de las sociedades gestoras. A tal fin, se generaliza el sistema de ventanilla única, lo que supone que el promotor de cualquier institución de inversión colectiva o sociedad gestora se relacione directamente con la Comisión Nacional del Mercado de Valores, aunque la autorización administrativa en el caso concreto de la gestora corresponda al Ministro de Economía y Hacienda, como sucede con la mayoría de las entidades financieras. Asímismo, se reducen los plazos de autorización y registro administrativo de las IIC, sin que ello suponga ninguna merma de las garantías del inversor en los procedimientos. También se diseña un marco competitivo sumamente avanzado, dado el carácter liberalizador del Proyecto, lo cual permitirá evitar arbitrajes reguladores desde otros países, fomentando que se constituyan en España entidades que con el marco actual se comercializaban desde el exterior. El Proyecto hace expresa mención a que las participaciones o inversiones que realizan las IIC nunca son de control, ya sea económico o político, lo que no significa la renuncia a que los inversores institucionales no se vinculen o participen en la gestión de las empresas en las que invierten, como expresión del mandato conferido por los inversores a los que representan. Por último, con la nueva legislación se facilita una mayor seguridad jurídica incluyendo en una única disposición todo el elenco de normas que se han venido adaptando en los tres últimos años. Pero este Proyecto de Ley, que indudablemente trata de colocar a la legislación española entre las más avanzadas de Europa, se deja todavía algunas cosas en el tintero. Por ejemplo, el texto no contempla la posibilidad de que un inversor pueda realizar el cambio de un fondo a otro sin un coste fiscal. Esta posibilidad desarrollaría más competencia entre las gestoras de los fondos para buscar una mayor rentabilidad. Ahora le toca el turno al Parlamento. |